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Sesión informativa para las ONG de Bizkaia sobre BATUZ

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#IndarrakBATUZ

Sesión informativa para las ONG de Bizkaia sobre BATUZ

El pasado 21 de Octubre impartimos una sesión informativa organizada por la Coordinadora de ONGD de Euskadi, para abordar cómo afecta BATUZ a las ONGD de Bizkaia. Como ya sabréis la estrategia BATUZ forma parte del plan de lucha contra el fraude fiscal impulsado por el Gobierno Vasco y las diputaciones forales y pretende aumentar el control sobre los contribuyentes. Para ello, se han diseñado una serie de herramientas que posibilitan el envío masivo de información a Hacienda. 

En la sesión abordamos el caso específico de Bizkaia, donde BATUZ se basa en tres pilares:

  1. Facturación electrónica con software garante o TicketBai: salvo contadas excepciones, ya no se podrán emitir facturas en Word, Excel u otros formatos, si no que tendrán que ser facturas electrónicas. 
  2. Libro de Registro de Operaciones Económicas (LROE) o Modelo 240: deberemos informar a Hacienda trimestralmente de todas las facturas emitidas y recibidas (entre otra información).
  3. Borradores de IVA e Impuesto de Sociedades: a cambio de todo lo anterior, qué menos, Hacienda pondrá a nuestra disposición borradores de IVA e IS para facilitar el cumplimiento de las obligaciones. 

Todas las ONGD y asociaciones (grandes y pequeñas) obligadas a cumplir con BATUZ

Una de las grandes dudas que surgen al hablar de este nuevo escenario es si va a afectar a nuestra organización. La respuesta mayoritaria es que SI. Aunque no emitas facturas, aunque no hagas actividad económica, aunque seáis muy pequeñas, aunque sólo hagáis actividades que tengan que ver con vuestro objeto social… sea cual sea vuestro caso, BATUZ es obligatorio. En la medida en que hay que informar a Hacienda de todas y cada una de las facturas recibidas, esta obligación se extiende a prácticamente todas las organizaciones. 

Gipuzkoa y Araba, menor complejidad

Previamente a esta sesión, ya habíamos preparado para la CONGD dos documentos informativos en los que resumíamos cómo afectaba la aplicación de TicketBai a las ONGD en Gipuzkoa y Araba.  En comparación con Bizkaia, la complejidad es mucho menor ya que en estos territorios sólo se implementa la factura electrónica y además el grado de exención para las entidades sin fines lucrativos es mucho mayor:

  • Entidades a las que les resulte de aplicación el Régimen Fiscal de Entidades Sin Fines Lucrativos: exención total de la facturación electrónica.
  • Entidades sin fines lucrativos parcialmente exentas del Impuesto de Sociedades (artículo 12 del IS): obligación de emitir factura electrónica únicamente por aquellas rentas que no estén exentas de este impuesto.

#IndarrakBATUZ, ¡seguimos!

Desde La Tercera Pata seguimos con nuestro esfuerzo de hacer más accesible toda la normativa de BATUZ y Ticketbai para las entidades sin fines lucrativos. Como hemos repetido en otras ocasiones, no es una estrategia que tiene en cuenta nuestra operativa diaria y por lo tanto es más importante entender bien cómo nos afecta.

Si tienes alguna duda concreta o quieres más información sobre este tema, no dudes en ponerte en contacto con nosotras.

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